Informe presidencial no implica descanso obligatorio; trabajadores deberán cumplir jornada laboral normal

El 1º de septiembre no es considerado feriado oficial, confirmó el Centro de Conciliación Laboral; la Ley Federal del Trabajo no contempla descanso en esa fecha.
El 1º de septiembre no está reconocido como día de descanso oficial en la Ley Federal del Trabajo, aclaró Roberto Ramírez, director del Centro de Conciliación Laboral. Pese a la coincidencia con el informe presidencial, la jornada debe desarrollarse de manera regular en todo el país.
No hay descanso el 1º de septiembre
El director del Centro de Conciliación Laboral, Roberto Ramírez, aclaró que el 1º de septiembre no es un día festivo, por lo tanto, los trabajadores deben asistir a sus centros laborales como cualquier otro día hábil.
Ramírez se apoyó en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, que establece los días de descanso obligatorio. En dicho artículo se enumeran fechas específicas como el 1º de enero, 1º lunes de febrero, 21 de marzo, 1º de mayo, 16 de septiembre, 20 de noviembre, 1º de diciembre cada seis años y 25 de diciembre. El 1º de septiembre no figura entre ellas.
Reforma electoral no cambió el carácter laboral del día
La confusión entre algunos sectores laborales se generó por la coincidencia con el informe presidencial, que desde 2014 se presenta el 1º de septiembre. Sin embargo, Ramírez aclaró que, aunque la reforma electoral de ese año modificó el calendario político, no se realizó ningún ajuste correspondiente en la Ley Federal del Trabajo.
"Desde esa reforma, la ley electoral establece que el informe presidencial debe rendirse el 1º de septiembre, pero el legislador nunca incluyó esa fecha como inhábil en la ley laboral", explicó el funcionario. Por tanto, no existe respaldo legal para considerar ese día como de descanso obligatorio.
Asistencia obligatoria al trabajo
Con base en lo anterior, los patrones están en su derecho de exigir la asistencia de los trabajadores y no hay motivo legal para suspender labores. “No hay reforma ni excepción que ampare la idea de que el 1º de septiembre sea festivo”, insistió Ramírez.
Asimismo, señaló que cualquier ausencia laboral no justificada ese día podría derivar en sanciones, dependiendo de las políticas internas de cada empresa. Por ello, es importante que trabajadores y empleadores se rijan por lo que marca la ley, no por suposiciones o usos políticos de la fecha.
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