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Reforma antilavado impone más obligaciones a empresas

La nueva legislación amplía el número de sujetos obligados y eleva sanciones por incumplimiento.

Legislación: La nueva legislación amplía el número de sujetos obligados y eleva sanciones por incumplimiento.
Penélope Cueto
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Saltillo, Coahuila, 21 de agosto de 2025.- La reciente reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, también conocida como “ley antilavado”refuerza las obligaciones legales de los sectores sujetos a supervisión y establece multas que superan el millón de pesos, informó el vicepresidente de Eventos Técnicos del IMEF Coahuila Sureste, Emilio Ortiz Leos.

El especialista explicó que esta reforma aumenta la carga administrativa para las empresas que deben cumplir con nuevas disposiciones, entre ellas la identificación del beneficiario controlador, es decir, la persona física que se encuentra detrás de cada operación comercial.

Entre los sectores incluidos en la nueva legislación destacan el inmobiliario, el notarial, las agencias automotrices, así como las empresas de blindaje, aunque estas últimas no tienen presencia en Saltillo y también quedan incluidas todas las sociedades mercantiles, sin importar su giro.

Cumplir cuesta porque conlleva una carga administrativa importante, pero no cumplir cuesta más”,advirtió Ortiz Leos tras precisar que las sanciones por omitir informes obligatorios pueden alcanzar los 1.1 millones de pesos, mientras que faltas menores se sancionan con multas de 23 mil pesos.

 “Por cada informe que no se presente, la empresa será sancionada”, añadió.

Identificación del beneficiario controlador

Una de las modificaciones más relevantes obliga a identificar al beneficiario controlador, figura que corresponde al propietario real de la empresa. Esta información debe quedar registrada y disponible ante las autoridades fiscales.

“A partir del 17 de julio, fecha en la que entró en vigor la reforma, el nombre del dueño de la empresa ya no es un secreto bien guardado”, indicó el representante del IMEF.

Las operaciones sujetas a supervisión incluyen la compra de inmueblesadquisición de vehículosservicios de blindajearrendamientos superiores a 180 mil pesos, y todas aquellas operaciones realizadas por sociedades mercantiles.

Portal pendiente y cumplimiento ante el SAT

Ortiz Leos aclaró que, aunque la ley ya exige el registro del beneficiario controlador ante un portal de la Secretaría de Economía, dicho sistema aún no está disponible. Mientras tanto, las operaciones deben reportarse a través del portal del SAT.

Finalmente, el vicepresidente del IMEF Coahuila Sureste recomendó a las empresas revisar su estatus ante la ley, debido a que el incumplimiento ya puede generar consecuencias legales y financieras graves.

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