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Senado aprueba dictamen de reforma en materia de amparo

Senado aprueba reforma en amparo: interés legítimo individual o colectivo y ajustes fiscales; dictamen modifica Ley de Amparo y Código Fiscal.

Senado
Agencias
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El Senado aprobó en comisiones unidas la reforma presidencial en materia de amparo, modificando el concepto de interés legítimo para incluir carácter individual o colectivo y ajustes fiscales.

Las comisiones de Hacienda, Estudios Legislativos y Justicia aprobaron con 32 votos a favor y 12 en contra el dictamen de reforma en materia de amparo, que ahora permite que el interés legítimo pueda ser individual o colectivo, elimina la necesidad de un beneficio “directo” y ajusta disposiciones fiscales para la suspensión de actos de cobro de créditos firmes.

El dictamen aprobado modifica la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). El senador Javier Corral explicó que se aclaró que la lesión jurídica puede ser individual o colectiva, y que el beneficio derivado del amparo no necesita ser “directo”, reconociendo el derecho de colectivos sin necesidad de particularizar al promovente.

Cumplimiento de ejecutorias y sanciones

La reforma mantiene la posibilidad de sancionar a servidores públicos que incumplan resoluciones de órganos jurisdiccionales, recobrando los términos originales de la ley vigente en cuanto al cumplimiento de ejecutorias de amparo.

Críticas de la oposición

La senadora Alejandra Barrales de Movimiento Ciudadano calificó la reforma como la “nueva ley de desamparo”, argumentando que reduce mecanismos de defensa ciudadana y fortalece el actuar arbitrario de autoridades públicas.

Aspectos fiscales del dictamen

En materia fiscal, la reforma clarifica los medios de garantía para la suspensión de juicios de amparo contra actos de cobro de créditos fiscales firmes. Se establece que estas garantías solo podrán constituirse mediante billete de depósito o carta de crédito emitidos por instituciones autorizadas por la CNBV y registradas ante el SAT.

 

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