Tribunal federal concede suspensión a José Luis Abarca por condena de 92 años

Un Tribunal Federal concedió a José Luis Abarca una suspensión que pausa la ejecución de su condena de 92 años por secuestro en Iguala.
El exalcalde de Iguala, José Luis Abarca Velázquez, consiguió una suspensión que impide la ejecución inmediata de su condena de 92 años de prisión por el secuestro de seis integrantes del Movimiento Campesino Unidad Popular. La medida cautelar permanecerá hasta que se resuelva el amparo directo que interpuso para impugnar la sentencia.
Condena pausada y proceso de amparo
El Tribunal Federal otorgó a Abarca una suspensión legal que detiene temporalmente la ejecución de la pena de 92 años de prisión dictada en su contra. Esta medida se mantendrá vigente hasta que se resuelva de manera definitiva el amparo directo presentado por el exfuncionario, quien busca revertir la condena.
Detalles del caso y víctimas
Abarca fue condenado por el secuestro de seis personas integrantes del Movimiento Campesino Unidad Popular, entre ellos el perredista Arturo Hernández Cardona. Las víctimas directas incluyen a Nicolás Mendoza Villa, Gregorio Dante, Efraín Amantes Luna, Héctor Arroyo Delgado, Bogar Román Altamirano, Rubí Díaz Mena y Carolina Mena Marchan. La causa penal 100/2014 documenta que los hechos ocurrieron el 30 de mayo de 2013 en Iguala, Guerrero, y el proceso fue atraído por la entonces Procuraduría General de la República (PGR).
Vínculo con Ayotzinapa y aclaraciones legales
Aunque Abarca fue absuelto del delito de delincuencia organizada en relación con los 43 normalistas de Ayotzinapa, sí fue condenado por el secuestro de los integrantes del Movimiento Campesino Unidad Popular. Un Tribunal Colegiado de Apelación determinó que los padres de los normalistas no son considerados "terceros interesados", por lo que la suspensión no afecta la reparación del daño correspondiente a las víctimas de Ayotzinapa.
Multa y posibles resoluciones
Además de la pena de prisión, Abarca fue multado con 920 mil 700 pesos por reparación del daño, cantidad que podría sustituirse por 15 mil jornadas de trabajo comunitario si la sentencia se mantiene firme. La apelación también analiza cuestiones de constitucionalidad y podría requerir la interpretación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto a la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro.
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