'Ley Trasciende' llega al Senado: propone legalizar la eutanasia en México

La “Ley Trasciende” llega al Senado con una propuesta para regular la eutanasia en México y abre un intenso debate sobre la muerte digna.
La iniciativa conocida como “Ley Trasciende”, impulsada por la activista Samara Martínez, ha sido presentada en el Senado de la República, generando discusión entre legisladores, especialistas en salud, organizaciones civiles y representantes religiosos, al plantear la regulación de la eutanasia en México bajo criterios médicos, legales y de consentimiento informado.
Debate en el Senado por la eutanasia en México
La propuesta legislativa denominada “Ley Trasciende” busca reformar la Ley General de Salud para abrir la posibilidad de regular la eutanasia en el país. El tema ha provocado un amplio debate político y social debido a sus implicaciones éticas, médicas y jurídicas.
Derogación de artículos y cambios legales
Uno de los puntos centrales de la iniciativa es la derogación del Artículo 166 Bis 21 de la Ley General de Salud, que actualmente prohíbe la eutanasia y el suicidio asistido en México.
Asimismo, se plantea modificar disposiciones del Código Penal Federal, donde el Artículo 132 establece sanciones de uno a doce años de prisión para quien auxilie o induzca al suicidio, dependiendo del grado de participación.
Regulación de la eutanasia en la Ley General de Salud
La iniciativa propone la creación del Título Octavo Ter: Eutanasia, el cual establecería un marco legal para el acceso a este procedimiento en casos específicos.
El Artículo 166 Ter plantea que podrían acceder a la eutanasia personas con enfermedades terminales o padecimientos crónico-degenerativos, discapacitantes y sin posibilidad de cura, siempre que exista voluntad expresa del paciente.
Principios rectores del proyecto
Entre los principios que regirían la aplicación de la eutanasia destacan la dignidad humana, autonomía personal, consentimiento libre, informado y reiterado, así como el acceso a cuidados paliativos y la no sustitución de la voluntad del paciente.
Requisitos para solicitar la eutanasia
El Artículo 166 Ter 3 establece que podrán solicitarla personas mayores de 18 años, en pleno uso de sus facultades mentales, con diagnóstico confirmado por dos médicos, además de haber recibido información completa sobre su estado de salud y alternativas terapéuticas.
También se exige que la solicitud sea expresada por escrito ante Notario Público y ratificada al menos cinco días después.
Procedimiento legal ante notario
La iniciativa contempla que la solicitud de eutanasia deberá formalizarse mediante una declaratoria de voluntad ante Notario Público, acompañada de diagnósticos médicos certificados y confirmados.
El notario será el encargado de validar el cumplimiento de requisitos antes de emitir la declaratoria correspondiente.
Voluntad anticipada en enfermedades mentales
El proyecto incluye la posibilidad de establecer una voluntad anticipada en casos de enfermedades mentales crónicas-degenerativas discapacitantes, la cual podrá ser modificada o revocada en cualquier momento.
Derechos de los solicitantes y objeción de conciencia
La propuesta garantiza que los solicitantes tendrán derecho a información médica completa, trato digno, confidencialidad y acceso a cuidados paliativos, además de la posibilidad de revocar su decisión en cualquier momento.
También se reconoce la objeción de conciencia para personal médico, aunque las instituciones deberán asegurar atención sin retrasos injustificados.
Obligaciones de la Secretaría de Salud
La Secretaría de Salud tendría la responsabilidad de capacitar al personal médico, garantizar el suministro de medicamentos necesarios y supervisar la correcta aplicación de la norma en hospitales públicos.
Apoyos legislativos
La iniciativa cuenta con respaldo de senadoras y senadores de diversos partidos, entre ellos Morena, PRI, PT y Movimiento Ciudadano, mientras que el PAN no ha expresado apoyo al proyecto.
El documento completo puede consultarse en el sitio oficial de la iniciativa.
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