SAT mantiene operativo especial por cierre del periodo de Declaración Anual

En la etapa final del periodo para cumplir con la Declaración Anual 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ajustó de manera temporal su operación en oficinas para atender la creciente afluencia de contribuyentes que buscan cumplir con esta obligación fiscal antes del vencimiento del plazo legal.
Ampliación de horarios y atención en oficinas del SAT
Del 22 al 30 de abril, las 169 oficinas del SAT en el país operarán en un horario extendido de 9:00 a 18:00 horas, con el objetivo de dar mayor capacidad de atención durante los últimos días del proceso. La medida se aplica como parte del cierre del calendario fiscal correspondiente, en el que tradicionalmente se concentra un mayor número de trámites.
De forma paralela, la autoridad fiscal mantiene habilitado el Portal del SAT como canal principal para la presentación de la declaración, disponible de manera continua durante abril. A través de esta plataforma, los contribuyentes pueden enviar su información sin necesidad de acudir presencialmente a las oficinas.
Contribuyentes obligados y excepciones fiscales
El organismo recordó que el 30 de abril es la fecha límite para cumplir con esta obligación, por lo que no presentarla dentro del plazo puede derivar en multas o sanciones establecidas en la legislación fiscal vigente. Asimismo, recomendó a los contribuyentes evitar dejar el trámite para los últimos días debido a la alta demanda habitual.
En cuanto a los sujetos obligados, el SAT precisó que deben presentar la Declaración Anual 2025 las personas físicas que obtuvieron ingresos por sueldos y salarios superiores a 400 mil pesos, o que tuvieron más de un empleador durante el ejercicio fiscal. También se incluyen quienes dejaron de laborar antes del cierre del año, así como quienes obtuvieron ingresos distintos al salario.
De igual forma, están considerados los contribuyentes con actividades profesionales, empresariales, arrendamiento de inmuebles, enajenación o adquisición de bienes, además de ingresos por intereses o dividendos. En el caso de pensiones o jubilaciones, la obligación aplica cuando los montos rebasan los límites previstos en la Ley del Impuesto sobre la Renta.
El SAT añadió que algunos contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) pueden no estar obligados a presentar la declaración anual, dependiendo de su situación fiscal específica.
La autoridad fiscal reiteró que el cumplimiento oportuno forma parte de las obligaciones establecidas en el sistema tributario nacional.
Noticias del tema